Jefe de empresa y albañil discutiendo en una obra sobre el finiquito

Finiquito en construcción: qué incluye, qué indemnización corresponde y por qué da tantos problemas

El finiquito en construcción es el papel que cierra la relación entre el trabajador y la empresa: recoge todo lo que se le debe en el momento de irse. Tiene reglas propias, y es también uno de los puntos donde más se nota la distancia entre lo que dicen las normas y lo que pasa en la práctica.

Qué incluye el finiquito en construcción

Un finiquito suma cuatro cosas:

  • El sueldo pendiente del último mes, o de los días trabajados.
  • Las vacaciones que se han ganado y no se han disfrutado.
  • La parte proporcional de las pagas extra.
  • La indemnización, si corresponde.

Las pagas extra dependen del convenio de cada provincia. Por ejemplo, en el de Madrid hay dos, en junio y en diciembre. La de junio se gana de enero a junio, y la de Navidad de julio a diciembre. Si te vas a mitad de semestre, cobras la parte que te toca por los días trabajados.

Indemnización al terminar la obra

Lo que se cobra al acabar depende del tipo de contrato. El convenio colectivo general de la construcción, que está vigente hasta finales de 2026 y cuyo texto oficial está en el BOE, lo fija así:

  • Contrato indefinido adscrito a obra: el 7% si el contrato se extingue por los motivos que prevé el convenio, por ejemplo cuando el trabajador rechaza la recolocación que le ofrecen al terminar la obra.
  • Contrato por circunstancias de la producción: el 7% al terminar el tiempo pactado.
  • Fijo-discontinuo: el 5,5% si acaba la actividad y no hay un nuevo llamamiento.

Cada provincia tiene su convenio

Además del convenio general, cada provincia tiene el suyo, y el provincial puede regular el finiquito con reglas propias. Un ejemplo es el convenio de Madrid 2025-2026, que le dedica un artículo entero:

  • El finiquito se hace en un modelo normalizado que fija el propio convenio, igual para todos.
  • Lo expide la asociación empresarial AECOM, que firmó el convenio.
  • Solo vale durante 15 días naturales desde que se expide.
  • Una vez firmado, tiene efecto liberatorio: lo que figura en él queda saldado entre las dos partes.
  • Si no cumple los requisitos del convenio, ese efecto no se aplica.

El convenio añade que el dinero debe estar a disposición del trabajador, como máximo, al día siguiente de terminar la relación. Si el trabajador se va por voluntad propia, algunos de estos requisitos, como la expedición por AECOM y los 15 días, no se aplican.

Conviene mirar siempre el convenio de la provincia donde se trabaja, porque estas reglas pueden cambiar de un sitio a otro.

Además, cuando la empresa comunica que el contrato se termina, la ley dice que debe acompañar una propuesta de liquidación con lo que se debe, y el trabajador puede pedir que un representante de los trabajadores esté presente al firmar.

Las vacaciones en el finiquito

La ley fija un mínimo de 30 días naturales de vacaciones pagadas al año. El convenio puede mejorarlos, pero no recortarlos. No se pueden cambiar por dinero mientras sigues trabajando, y el trabajador tiene que conocer sus fechas con al menos dos meses de antelación.

Si al irte te quedan vacaciones sin disfrutar, se pagan en el finiquito, en la parte proporcional que corresponda.

Lo que figura en la nómina y lo que se cobra

Aquí entra la parte que no sale en los convenios. Hay quien cuenta que la nómina y lo que acaba en el bolsillo no siempre coinciden: a veces se cobra según horas o trabajo hecho, y la cifra de la nómina se queda corta. Hay quien lo prefiere, porque se lleva más neto cada mes, y a la empresa también le puede salir a cuenta a corto plazo.

El problema es que la ley mira lo que se cobra de verdad. Se cotiza por toda la remuneración, «cualquiera que sea su forma o denominación» (Ley General de la Seguridad Social), y las prestaciones dependen de lo cotizado. En la práctica, el finiquito suele calcularse sobre lo que consta en la nómina, y el paro y la pensión, sobre lo que se ha cotizado: lo que queda fuera puede acabar sin reflejo en ninguno de los tres.

Por qué pasa

No es cuestión de unos buenos y otros malos. Cada parte tiene sus razones. A la empresa le pesa lo que cuesta cada trabajador: según la OCDE, en el caso de referencia que usa para comparar países (un trabajador soltero, sin hijos y con el salario medio), el 41,4% del coste total se fue en 2025 en impuestos y cotizaciones, frente al 35,1% de media en los países de la OCDE (informe Taxing Wages 2026). Al trabajador le importa cobrar lo que le corresponde y a tiempo.

Mientras hacerlo todo en regla (cotizar por lo que se cobra de verdad, pagar vacaciones y finiquito) siga costando tanto, y a corto plazo salga más barato no hacerlo, el atajo seguirá ahí para unos y para otros.

Preguntas rápidas

¿Qué incluye un finiquito? El sueldo pendiente, las vacaciones sin disfrutar, la parte proporcional de las pagas extra y, si procede, la indemnización.

¿Cuánta indemnización corresponde al terminar la obra? Depende del contrato. Según el convenio general, un 7% en el contrato por circunstancias de la producción y, en el indefinido adscrito a obra, también un 7% cuando se extingue por los motivos que prevé el convenio; en el fijo-discontinuo, un 5,5%.

¿Hay unas reglas fijas para firmar el finiquito? Depende del convenio de cada provincia. Por ejemplo, en Madrid el finiquito normalizado tiene validez durante 15 días naturales desde que se expide.

¿Me pueden pagar las vacaciones en dinero? No mientras sigues trabajando. Al irte, las que no hayas disfrutado se pagan en el finiquito.

¿Cuántos días de vacaciones me tocan? Como mínimo 30 días naturales al año, y el convenio puede mejorarlos.

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